El reciente lunes 19 de julio, la DIGESA publicó en su página web oficial el comunicado N°20-2021-DIGESA/MINSA. Del cual en resumen informa que a partir del 23 de julio del 2021 se eliminará el uso y contenido de grasas trans que provienen de la hidrogenación parcial en cualquier alimento y bebida no alcohólica procesada. En ese sentido, no estará permitida la elaboración, importación y comercialización de aceites y grasas parcialmente hidrogenadas, ni su uso como ingrediente. Esto como base normativa expresada en el numeral 6.2 del Reglamento aprobado por el D.S. N° 033-2016-SA.
Por otro lado, también informa que se deberá declarar la información del proceso tecnológico utilizado en el caso de un nuevo RS (TUPA 30) o modificar dicha información (TUPA 31) de los productos ya registrados que tengan en su composición grasas trans provenientes de la hidrogenación parcial. Sin embargo, al día 20 de julio, no se ha realizado ninguna modificación a los TUPAs mencionados y tampoco en la plataforma VUCE. En ese sentido, podría suceder lo siguiente:
- Al tramitar un nuevo Registro Sanitario la DIGESA podría exigir una declaración jurada de que las grasas/ aceites usados en los productos no han pasado una hidrogenación parcial y,
- Para los productos que tienen actualmente grasas/ aceites provenientes de una hidrogenación parcial, hacer la modificación respectiva a nivel de ingredientes, parámetros técnicos y quizás sea posible que los evaluadores pidan una declaración jurada adicional.
De forma adicional en el siguiente esquema a forma de línea de tiempo te mostramos cómo se ha desarrollado los plazos que el gobierno le ha dado a la industria sobre las grasas trans por medio del D.S. N° 033-2016-SA.
Como parte final queremos contarte que, si necesitas ayuda con temas relaciones a grasas trans, gestión de trámites de registro, reformulación de productos o validación de artes, puedes contactarnos aquí en nuestra página de contacto y te brindaremos la mejor asesoría.